Entregar a la FIDUCIARIA, a más tardar el quinto (5) día hábil siguiente a que se le solicite, los recursos necesarios para la celebración, ejecución y terminación del presente FIDEICOMISO, así mismo los recursos para atender los pagos de sus honorarios y en general los gastos y costos que se generen con ocasión del presente contrato.
Transferir a ACCIÓN a título de fiducia mercantil el BIEN INMUEBLE para que conformen el FIDEICOMISO.
Salir al saneamiento del BIEN INMUEBLE en los términos de ley, según lo establecido en el presente contrato frente al FIDEICOMISO, la FIDUCIARIA, a los ADQUIRIENTES DE UNIDADES PRIVADAS y el FIDEICOMITENTE PROMOTOR.
Pagar a la FIDUCIARIA la remuneración pactada en este contrato, la cual desde ahora autoriza para que sea descontada directa, automática y prioritariamente por la FIDUCIARIA de los recursos administrados en el FIDEICOMISO.
CONJUNTO RESIDENCIAL BARA
- OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE / PROMOTOR
- FUNCIONES DE LA FIDUCIARIA
- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPES
Cumplir las instrucciones impartidas en el presente contrato y las que se impartan en desarrollo del mismo, siempre y cuando dichas instrucciones se ajusten plenamente a derecho, a lo establecido en el presente contrato y no contravengan las políticas internas de ACCIÓN.
Realizar diligentemente todos los actos necesarios para la administración de los bienes fideicomitidos de acuerdo con lo establecido en el presente contrato.
Mantener los bienes fideicomitidos separados de los suyos y de los que correspondan a otros negocios fiduciarios.
Llevar la personería para la protección y defensa de los bienes fideicomitidos contra actos de terceros, o del mismo FIDEICOMITENTE PROMOTOR, BENEFICIARIO, del FIDEICOMITENTE PROMOTOR o de los ADQUIRIENTES DE LAS UNIDADES INMOBILIARIAS. En consecuencia, ejercerá los derechos y las acciones y propondrá las excepciones derivadas de esos mismos derechos, respecto de los bienes del FIDEICOMISO. Para el cabal cumplimiento de esta obligación, el FIDEICOMITENTE PROMOTOR proporcionará a la FIDUCIARIA la información que sea requerida y será por tanto responsable de los perjuicios que el FIDEICOMISO sufriere por omisiones o errores en tal información. De igual forma el FIDEICOMITENTE PROMOTOR deberá suministrar los recursos necesarios para que la FIDUCIARIA pueda ejercer debidamente la defensa de los bienes, exonerándola de cualquier responsabilidad por omisión en caso de que no se suministren oportunamente los dineros solicitados, siempre y cuando estos no puedan ser descontados de los recursos fideicomitidos.
Presentar un informe mensual al FIDEICOMITENTE PROMOTOR en el cual dé a conocer los movimientos del FIDEICOMISO y los estados de cuentas de los ADQUIRIENTES DE LAS UNIDADES INMOBILIARIAS.Rendir cuentas comprobadas de su gestión al FIDEICOMITENTE PROMOTOR, cada seis (6) meses, de acuerdo con lo establecido en la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera, dicha rendición podrá ser enviada al correo electrónico proporcionado por este en los formularios de vinculación, lo cual es conocido, entendido y aceptado por el FIDEICOMITENTE PROMOTOR y con lo cual se tendrá por cumplida la obligación a cargo de la FIDUCIARIA.
Exigir y revisar las cuentas del Patrimonio Autónomo.
Exigir a ACCIÓN el fiel cumplimiento de sus obligaciones, y ejercer la acción de responsabilidad frente a ella por su incumplimiento.Recibir, a la terminación del negocio fiduciario, la transferencia del dominio y la posesión de los bienes que, después de pagados todos los pasivos y cumplidas todas las obligaciones a cargo del FIDEICOMISO, se encuentren en cabeza de él.
En general, todos los derechos expresamente estipulados en este contrato y en la ley.
FIDUCIARIA:
Cobrar al FIDEICOMITENTE PROMOTOR la remuneración pactada en este contrato.
2.2 Exigir al FIDEICOMITENTE PROMOTOR el pago de los gastos y costos que se generen con ocasión de la celebración, ejecución, terminación y liquidación de este contrato de fiducia mercantil, así como todos los demás que se causen con relación a los bienes fideicomitidos.
2.3 Los demás que se deriven del presente contrato.